¿SABOTAJE, INEFICIENCIA O INHUMANIDAD? El caso de las toneladas de Harina de Trigo encontradas en Cumaná

in cumana •  7 years ago 

IMG-20180211-WA0026[1].jpgIMG-20180211-WA0039[1].jpgSucre desarrollo evaluación higiénico sanitaria a Harina de trigo por petición de la agencia naviera y aduanal Carmelo Marcano

Contraloria sanitaria del estado Sucre realizó inspección higiénico sanitaria a harina de panadería presentación de 45kg en empaques de polipropileno y en segundo contenedor, identificado como MAERSK 8998476-2261, de origen Turkey; evidenciando ruptura o perforación en el área inferior izquierda delantera, infección interna de roedores, vectores, miasis (gusanos), hongos en contacto directo con el artículo y olores fuertes, producto de la descomposición, perdiendo en su totalidad la calidad e inocuidad, por lo cual el Servicio decidió que este no era acto para el consumo humano; quedando en manos del Ministerio de Ambiente la determinación de dicho producto, ya que dicho ente es quien autoriza la disposición final.

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Anexo: Acta de inspección

INFORME TECNICO

El Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria por petición escrita de fecha 12-12-17 de la agencia naviera y aduanal Carmelo Marcano representada por Eugenio Marcano y Yusvelys Armas, Gerente de Aduana Principal Puertos Sucre: Reinaldo Gonzales, Jefe de Operaciones: Jose Cabello, Técnico Reconocedor: Ángel Marcano y Comandante de la ZODI: Vicealmirante William Serante Pinto. Se apersonaron a los patios de puertos de sucre los funcionarios adscritos a dicho Servicio Lic. en Salud Publica Scarlet Carballo, Tsu en Salud Publica Daniel Espinel, Directora la cual es firmante al final del informe Lic Raquel Candiales, para la verificación e inspección de un producto de consumo humano (harina panadera presentación de 45 kg en empaques de polipropileno) el cual tiene como país de origen turkey y arribo a puerto de guanta estado Anzoátegui el día 26 de septiembre del año en curso, estando en sus patios de resguardo hasta la fecha de salida al estado sucre del 21-11-17, observando que su duración en el estado vecino fue de 56 días continuos de acuerdo a los documentos entregados por la agencia naviera y aduanal, encontrándose ya en los patios de puertos de sucre municipio sucre, se empiezan las inspecciones de rigor ya solicitadas, por lo que se ejecutan las maniobras de seguridad para las apertura de los contenedores que resguardan dichas harinas. Abriendo el numero uno el cual esta identificado P&O NEDLLOYD PONU 0495991 evidenciando de primer lugar ruptura o perforación de área inferior izquierda delantera, infestación interna de roedores, insectos ( cucarachas, chiripas), miasis (gusanos) y hongos en contacto directo con el producto en cuestión y olores fuertes producto de la descomposición, perdiendo en su totalidad la calidad e inocuidad, por lo que se debe realizar un comiso y destrucción total por no ser un producto acto para el consumo humano. El segundo contenedor identificado MAERSK 8998476-22G1 zona exterior no se evidencio ninguna ruptura del casco y al aperturarlo se observo hongo en las primeras filas del producto y condensación en la parte superior del contenedor (techo interno) reflejando alteración en su estado original y perdiendo sus características organolépticas, por lo que no se puede certificar que aun continúe siendo un producto apto para el consumo humano, sin embargo el representante de dicha mercancía realiza insitun una petición para toma de muestra y análisis físico químico y bacteriológico de la mitad posterior alegando o queriendo verificar si existe alguna posibilidad de salvar algo de su inversión expresa el representante, o si se puede desviar para otra actividad conexa (consumo animal) lo cual refiera el órgano competente, cediendo a su petición se espera por parte del mismo hacer contacto con el laboratorio acreditado por el MPPS en nuestro estado y así realizar las tomas de muestras necesarias y análisis correspondientes. Quedando la mercancía en resguardo de puertos de sucre.

Se presume que la alteración presente en el producto antes mencionado se debe a las condiciones no adecuadas ni apropiadas para su resguardo y almacenamiento así como el tiempo que estuvo dentro de los contenedores en los patios de los puertos antes referidos elevando la temperatura, creando humedad y condensación interna llegando alcanzar todas las condiciones presentes en la harina de trigo panadera.

NOTA: LA EMPRESA EXIMPORT MATERIALES REPRESENTADA POR JORGE RICARDO HADDAD KIKLIKIAN CI: 14.839.491, SON LOS DUEÑO DE LA MERCANCIA.

ANEXO: Documentación general de las cargas.

INSP SALUD PÚBLICA. Scarlet Caraballo INSP SALUD PÚBLICA. Daniel Espinel

Esp Raquel Candiales.

Directora Estadal de Contraloría Sanitaria del Estado Sucre.

Resolución MPPS N° 0159 de Fecha 02/10/2013

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