JEP: Un chorro de mermelada.

in mermelada •  6 years ago 

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Tras los intentos fallidos de las administraciones de Pastrana y Uribe, el panorama del país para enfrentarse al reto de un nuevo proceso de paz se veía nublado y carecía de confianza entre las partes, lo que para muchos resultó sorprendente es que el propio Ministro de Defensa del gobierno Uribe, Juan Manuel Santos, desde su incipiente plataforma política orientada hacia la elección a la Presidencia de la República, impulsara la búsqueda de un acuerdo de paz como punta de lanza de una propuesta que encontró respaldo popular, pero que careció de elementos didácticos, sobre todo en lo que a la pedagogía sobre la justicia transicional se refiere. Es que no resulta fácil de entender en un país tradicional, que haya alternativas a la justicia punitiva.

Según el equipo “paz gobierno”, en su documento sobre la estructura del Acuerdo de paz, la primera etapa hace referencia a la fase exploratoria, en esta se estableció un diálogo tendiente a escuchar las percepciones sobre el conflicto, se fijaron condiciones propicias para iniciar las conversaciones y estructurar las bases para establecer la firma del Acuerdo General, el cuál se ha ido determinando por una agenda conjunta que con los naturales retoques recoge temas puntuales para la terminación del conflicto armado con las Farc. Los tópicos sobre los que se sentaron las bases de negociación para las diferentes mesas de trabajo son: Política de Desarrollo Agrario Integral, participación política, solución al problema de las drogas ilícitas, víctimas del conflicto armado, fin del conflicto e implementación, verificación y ratificación.

La siguiente fase se enfocó hacia el fin del conflicto y para ello las partes fortalecieron los equipos de trabajo y nutrieron cada uno de los puntos específicos con la premisa conjunta de que “nada está acordado hasta que todo esté acordado” y mediante elementos puntuales como: No al despeje o el cese al fuego bilateral, la negociación se tornó viable y obtuvo como resultado la firma del “Acuerdo final para poner fin al conflicto”. Este acuerdo que tras ser socializado y sometido a voluntad popular fue derrotado en las urnas, luego fue aprobado en cumplimiento del mandato constitucional al recibir respaldo en el trámite legislativo. En un evidente pulso de egos y una balanza de popularidad cuestionable. En este punto insisto, no hubo suficiente pedagogía sobre el tema trascendental para la opinión pública: la justicia transicional.

La tercera fase del proceso es la construcción de paz y está en el ámbito de la “reconstrucción del tejido social” que se entiende como la red de relaciones sociales, en esta etapa se debe materializar la implementación y consolidar la verificación. Acá se encuentra una de las piedras en el zapato, ya que el gobierno entrante, debe comprometerse responsablemente y sin comprometer la estructura del Estado, entiéndase, no generar el popular “choque de trenes” entre las cortes y las discusiones adelantadas por el legislativo. Debo señalar que en este aparte la línea es muy delgada y el Presidente deberá tener el carácter de estadista, acá será inevitable que se encuentre frente a una reforma constitucional y todo apunta a un tema sensible: Equilibrio de poderes.
Resulta vital para fortalecer el marco jurídico el acompañamiento del Congreso en pos de agilizar la aprobación de lo acordado en La Habana, pero es inevitable que la coyuntura electoral no tenga incidencia, cuando se conoce como funciona el congreso, sabemos que eso se traduce en “mermelada”, así funciona el aparato burocrático del estado.

Con la decisión de la Corte se da lugar a revanchismos políticos en los que la oposición se esmerará por entorpecer los debates y llenar de proposiciones cada una de las ponencias. Cándidamente me pregunto si la respuesta del gobierno no irá en dirección de un proyecto de Asamblea Constituyente, ya que este mecanismo ampliaría el margen de maniobra y permitiría votar en bloque las consideraciones. Si bien el tema del “fast track” tuvo mas bemoles por los alcances de las decisiones de la justicia transicional, el golpe que se le asesta al proceso es comparable al uso del freno de mano en una autopista mojada, si los neumáticos y la alineación no están a punto, el coche puede ir en cualquier dirección. Lo irónico y paradójico es que el Centro Democrático que ayer empinó la copa por el fallo de la Corte, no hace mucho le daba un portazo en la nariz a la reforma de equilibrio de poderes.
¿Alguien duda que la política es dinámica?

El proceso de paz entre el gobierno de Juan Manuel Santos y las Farc, ha sido la mayor apuesta política de los últimos años, la dimensión como estadista y el enfoque de su política exterior han buscaron enviar una señal clara al mundo y al vecindario: acá vamos a conciliar, pero para tener éxito necesitamos socios y oportunidades. En este orden de ideas involucrar a la paz en una agenda de gobierno y en contraposición evidente hacia administraciones anteriores señaladas por la sistemática violación de Derechos Humanos (DD.HH), hacia el exterior reflejó confianza y fue el primer paso para garantizar el acompañamiento y respaldo de la comunidad internacional al proceso.

En el marco de la armonización temática y dentro del “Acuerdo sobre victimas del conflicto armado”, se encuentra la jurisdicción especial para la paz (JEP). Esta herramienta le otorga un carácter diferenciador a este proceso, según el documento de la oficina del Alto Comisionado para la paz tiene por deber: investigar, esclarecer, perseguir, juzgar y sancionar las graves violaciones a los derechos humanos y las graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH) que tuvieron lugar en el contexto y en razón del conflicto armado. Como objetivos, el mismo documento se plantea: Satisfacer el derecho de las víctimas a la justicia, ofrecer verdad a la sociedad colombiana contribuir a la reparación de las víctimas, contribuir a luchar contra la impunidad, adoptar decisiones que otorguen plena seguridad jurídica a quienes participaron de manera directa o indirecta en el conflicto armado, respecto a hechos cometidos en el contexto y en razón de éste contribuir al logro de una paz estable y duradera.

El elemento que resalta de este proceso ha sido la vinculación directa de las víctimas y el reconocimiento a su derecho a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición. La JEP debe dotar de instrumentos que garanticen la seguridad jurídica a los actores del conflicto armado, naturalmente quienes decidan someterse a la JEP deben acreditar condiciones sobre verdad, reparación y no repetición. Según el documento La JEP hace parte del Sistema Integral, por ello deberá contribuir de manera efectiva, coherente y articulada con las demás medidas a la satisfacción de los derechos de las víctimas, la terminación el conflicto armado y el logro de una paz estable y duradera. También corresponde señalar el precepto de prevalencia para las conductas relacionas e implícitas en el marco del conflicto armado. Desde su diseño, sin duda el talón de Aquiles era la conformación y el carácter discrecional del Tribunal, ya que para los actores comprometidos era un elemento circunstancial para alegar persecución en su contra, especialmente en los casos de restitución de tierras por despojo tras masacres, mas adelante profundizaré este aspecto.

Uno de los “caballitos de batalla” de la oposición (hoy gobierno) en su campaña en contra del referendo, fue el tema de las amnistías y los indultos, tribuna desde la que se aprovecharon de la apatía por la imagen tanto del gobierno como de las Farc para masificar teorías de desinformación en las que desde luego, no se mencionaban criterios de inclusión como los delitos de rebelión con ocasión del conflicto armado, delitos en los que esta inmerso el Estado y conductas dirigidas a facilitar, apoyar, financiar u ocultar el desarrollo de la rebelión. Por el contrario, su estrategia política a parte de fortalecer un discurso sobre la securitización, indicaba que serían objeto de indulto los delitos de lesa humanidad, el genocidio, los graves crímenes de guerra, la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, el desplazamiento forzado, además del reclutamiento de menores y que por esta razón la Corte Internacional de Justicia (CIJ) se opondría a la ratificación del Acuerdo e incluso habría medidas represivas. Nada mas alejado de la realidad.

Como mencioné anteriormente uno de los temas sensibles ha sido la composición de la JEP, compuesta por Magistrados colombianos, aunque podía contar con una minoría de magistrados extranjeros. Los Magistrados son altamente calificados y se incluyeron expertos en distintas ramas del derecho. Los magistrados fueron elegidos mediante un proceso de selección (tentativamente fiable).
De igual forma está integrada por cinco entes: Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, Sala de Amnistía e Indulto, Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, Unidad de Investigación y Acusación, Tribunal para la Paz, que está compuesto, a su vez, por cinco secciones: casos de reconocimiento de responsabilidad; casos de ausencia de reconocimiento de responsabilidad; apelación; revisión, además de la sección de estabilidad y eficacia. Es muy importante que el lector tenga clara esta estructura.

El debate en el país sobre la implementación de la JEP es motivo de polarización debido a la concepción eminentemente punitiva de la justicia, a nadie debe sorprender esta forma generalizada de pensar en un territorio históricamente conservador y católico, es decir “temeroso de Dios” –aunque muchos no tengan noción clara mas allá de los preceptos y la orientación de la institución eclesiástica, que valga la ocasión mencionar, también tendría candidatos para someterse a la JEP- una masa popular en la que calan los discursos discriminatorios y radicales, en la que penetran las dualidades entre el bien y mal perpetuo, en la que se ha perdido la capacidad de asombro y en la que temas progresistas como la eutanasia, la despenalización de la dosis mínima, el matrimonio igualitario o la reciente adopción gay, causan estupor y debido al costo político son evadidos por la mayoría de congresistas –Que ahí si representan el sentir de sus electores- y termina siendo la Corte Constitucional la encargada de “legislar” sobre temas sensibles. Suena fuerte, pero en discusión de temas de libertades individuales, el congreso es obtuso y obsoleto.

En esta ocasión no ha sido diferente, desde la misma concepción del “Marco jurídico para la paz” (se notaron los contrapesos entre sectores políticos) hasta la aprobación del “fast track” y luego el fallo en detrimento de la agilidad frente al tramite legislativo. Si bien en condiciones normales el argumento de la demanda presentada por el Centro Democrático a la Corte, resultaría apropiado y consecuente con el mandato constitucional de la Ley 5 de 1992, ya que como se mencionó en la primera parte de este documento, al no permitirse la votación por bloques se verían ante el escenario de un debate regular en el que se revisa y se vota articulado por articulado y que idealmente tiene por objeto la construcción de leyes adecuadas.
En este caso obedece a una dinámica (como ya se ha mencionado) revanchista con miras a un proceso electoral, en el que la plataforma de oposición es el desvirtuar el acuerdo de paz y apuntalar sobre la crisis de Venezuela, a partir de ahora se vislumbra una operación tortuga disfrazada de patrioterismo, en ese escenario presiento que se dará la discusión en el legislativo. Incluso, me parece que se puede revivir una batalla como la de Alejandro Magno contra los Persas de Darío: Donde no quede otra alternativa para avanzar, que atravesar al rival. Mi miedo, que esa vehemencia se lleve a las calles.

Con la intención de no caer en la reiteración de la conclusión expresada en el tema anterior, debo acotar que existe un componente determinante para el respaldo del discurso de la oposición a la JEP y es el nicho de militares retirados, por naturaleza abiertos y receptivos a la arenga de “están igualando a los guerrilleros-terrioristas con nuestros héroes de la patria” y con casos puntuales como los de Plazas, Arias Cabrales, Del Rio o Uscátegui se sienten agraviados, mientras con Mario Montoya guardan obsecuente silencio.

Si bien esto no se trata de estar con la paz o la guerra, si se trata de respaldar un acuerdo que para mal o para bien ha formulado las bases para la terminación del conflicto con las Farc y ha frenado un desangre de 60 años. (Desde luego con la salvedad del sistemático exterminio de lideres sociales, lo cuál es consecuencia de una irresponsabilidad que permitió visibilizarlos).

Como en toda negociación necesariamente se deben hacer concesiones y algunos episodios deben tener carácter de confidencialidad y discreción, pero vaya explíquele eso a un colombiano promedio que se debate entre la supervivencia de una jornada 16 horas (en caso de condiciones extremas) -4 horas por trayecto y 8 laborales- salario mínimo, familia de 2 hijos y dificultades para llevar una vida digna. Explíquele que ahora debe compartir el colegio de sus hijos, su trabajo, su barrio, el asiento en el transporte público y además pagar impuestos para que “le pongan un sueldo a ese guerrillero”. Ese es el reto para nuestra generación y las venideras, el del Estado es garantizar las oportunidades para minar el camino al reverdecimiento de las causas profundas del conflicto.

El presidente, está en su derecho constitucional de revisar y proponer mejoras para la implementación de la JEP, pero no se puede olvidar bajo ningún precepto, que debe respetar el equilibrio de poderes y su investidura de primer mandatario, no puede estar sujeta a discursos partidistas viscerales. Si quiere impulsar y sacar adelante sus objeciones, no le veo otra salida viable que la conciliación, y como ya se mencionó, eso solo significa cosa: ¡MERMELADA!

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