El 2 de noviembre de 2011 marca un antes y un después en el negocio inmobiliario en Cuba. Hasta entonces el Estado cubano se valía del artículo 21 de la Constitución para considerarse dueño de todas las propiedades en la Isla por lo que los "propietarios" de las viviendas particulares no podían vender legalmente sus inmuebles. Sin embargo se hacía. En ocasiones, la compraventa se camuflaba con las conocidas "permutas" (intercambio de casas), muy populares entre los cubanos, con matrimonios de conveniencia o a través de testaferros.
La Gaceta Oficial de Cuba publicó en su número 35 de 2011 que el Consejo de Estado había decidido "eliminar prohibiciones y flexibilizar limitaciones" para solucionar el problema de la vivienda en un país, donde el año pasado había un déficit habitacional de 880.000 casas. Estas cifras son anteriores al paso del huracán Irma, que causó daños en más de 158.000 viviendas.
¿Quién puede comprar?
Para "legalizar" la compra- venta de casas en Cuba fue necesario modificar la Ley 65 del 23 de diciembre de 1988. El Consejo de Estado cambió el artículo 2 de esta normativa para autorizar a comprar y vender casas en la Isla a cubanos con domicilio en territorio cubano y extranjeros residentes permanentes en el país.
¿Cuántas propiedades se pueden tener?
El Gobierno cubano autoriza a tener dos propiedades en Cuba. Una, la residencia permanente, y otra, de veraneo en la playa o en el campo. Nadie podrá tener más de dos viviendas.
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