Saludos a toda la comunidad de Steemit, hoy me aventuro a presentar mis conclusiones sobre las mutaciones que sufren de forma arbitraria las leyes venezolanas.
Hasta mediados del año 2018, todo Decreto emanado por el Ejecutivo Nacional, era respaldado con la correspondiente Gaceta Oficial, en la cual se podia conseguir los detalles de aplicación, alcance y vigencia.
Sin embargo debido al fenómeno inflacionario irreprimible en nuestra economía, para el mes de agosto se experimentó una reconversion monetaria la cual transformó nuestra moneda a 100.000 digitos menos de su valor.
En este caso, hay que visualizar que efectivamente fue un proceso general, por lo que un trabajador que ganaba Bs 3.000.000 pasó a ganar BsS 30
Economicamente, visualmente, psicológicamente... desestabilizo la confianza del todos, un trabajador que creyera aún en el rendimiento de un fideicomiso, y en el ahorro( puedo dar fe de que existen), no lograron entender:
¿Qué le sucedió a sus ahorros?
Para el 1ero. De Septiembre se dictamino un incremento de Salario Minimo fuera se todo orden que pasó el Salario Minimo de BsS 30 a BsS 1.800 por primera vez en la historia, un incremento de un 6000%, tan barbaro que el propio Ejecutivo ofrece subsidio por el diferencial de salario minimo por un periodo de tres meses, para mitigar el impacto en los costos de los patronos y darles la oportunidad de adecuarse a los cambios.
De la mano con el Decreto, se presenta otro fenómeno que luego se reafirmaría fuera de su contexto legal: El beneficio de alimentación, pasa a representar un 10% del salario minimo recien decretado.
Lo curioso es que la Gaceta Oficial, muestra con un valor absoluto, el nuevo valor del beneficio, por lo que alli en ese mismo instante "Queda derogado el sistema de cálculo en base a la Unidad Tributaria", es la conclusión inmediata apreciable con este Decreto.
Para diciembre, un nuevo Decreto de Incremento de Salario Mínimo, pone sobre el tapete "La innecesaria formalización a través de la emisión de la tan esperada Gaceta Oficial, la cual no apareció ni por el aumento, ni por el beneficio de alimentación".
Entre las escasas vías de información que pudieron ratificar la vigencia del mismo podemos nombrar: las redes sociales a través de la página Patria, la cual fue contundente al dar la opción por el diferencial del salario mínimo de BsS 1.800 a BsS 4.500, por lo que en consecuencia, se asume que el Beneficio de Alimentación aumentó al representar el "10%"
Ya para enero, con el nuevo Decreto de incremento de Salario Mínimo, no se espera Ni la Gaceta, Ni la confirmación del Beneficio de alimentación, el cual aumento en un 10%, como era de esperarse, este nuevo aumento lo ubica el Salario Mínimo de BsS 4.500 a BsS 18.000, mismo procedimiento a traves de la página.
Un dato interesante que confirmó dentro en cada uno de estos periodos de cambio, la evolución salarial automática de la página del IVSS, evolucionó a todos los trabajadores al salario mínimo en cada una de las ocasiones, claro siempre y cuando el salario registrado en la web, estuviera por debajo del nuevo salario que en casi todos los casos superaba lo declarado alli.
En resumen, puedo asegurar si temor a equivocarme, de que estamos ante un sistema dinámico, que evoluciona de forma práctica y que se basa en Decretos emanados por los responsables del poder Ejecutivo, por lo cual la sola formulación del mismo ya se mantiene sin mas preambulos que su ejecución.
Me gustaría conocer sus apreciaciones, saludos.
Francsh