Originalmente publicado en Globedia.
El artículo 2do bis de la ley 19.451 prescribe que todos los adultos fallecidos en Chile son donantes a menos que hayan manifestado su intención de no serlo ante un notario público. Desde antes de que esta estricta norma entrase en vigencia (01–10–2013), existe un Registro Nacional de No Donantes en el que se listan todas las personas que manifiestan su voluntad de no ser donantes. La diferencia es que, antes, esto podía hacerse al solicitar la cédula de identidad o la licencia para conducir, pero ahora hace falta concurrir donde un notario público para firmar el Formulario Único — no: usted no está autorizado para expresar su voluntad en sus propias palabras — de Solicitud Ley 19.451. Este Registro ha incluido casi cuatro millones de personas: más que los electores de la Presidente. Los reconocidos como no donantes de acuerdo con las condiciones de aquel artículo, no obstante, son los poco más de diez mil que han hecho el engorroso trámite notarial requerido ahora. Esto no les quita la condición de no donantes a quienes ya formaban parte del Registro, pero dificulta la adición de nuevos nombres en él.
Resulta importante explicar esta circunstancia desde un principio para que los adultos residentes en Chile sepamos las condiciones que nos impone el Estado: por defecto, somos donantes. Como esta es la situación de partida, no contamos con la alternativa de que elijamos ser donantes: ya lo somos «por el solo ministerio de la ley». Si queremos ejercer nuestra libertad en algún sentido, solo podremos hacerlo en el de negarnos a admitir que el Estado decida por nosotros si acaso somos donantes o no: la otra alternativa fue suprimida legalmente. Esta es la situación: o admites que el Estado decida por ti o escoges la única otra alternativa posible, que es registrarse como no donante ante un notario público.
Resulta necesario aclarar que esta situación fue creada por el propio Estado al insertar el artículo 2do bis en la ley 19.451 (que no lo contenía originalmente). Antes del 1ro de octubre del 2013, todos nos encontrábamos en libertad de escoger si acaso nos convertíamos en donantes o no: nadie nos imponía una circunstancia predefinida por defecto ni «por el solo ministerio de la ley». Este es uno de muchos casos en los que la ley no solamente no comulga con la voluntad de las personas sobre las cuales pesa, sino que sencillamente aplasta esta voluntad y anula sus decisiones. Los casi cuatro millones de inscritos (más que los electores de la Presidente) en el Registro Nacional de No Donantes son una señal de que una gran cantidad de personas quiere avanzar en una dirección y el Estado ha decidido obstruir el camino que siguen para evitar que más personas se sumen.
Personalmente, no comparto las aprehensiones de quienes temen que los declaren muertos con el solo propósito de extraer sus órganos. Lo que yo veo es que el Estado me quitó una de las dos alternativas con las que contaba hasta el 1ro de octubre del 2013, las cuales eran A) ser donante o B) no ser donante. Con el artículo 2do bis de la ley 19.451, la alternativa A) fue suprimida y solamente podemos dejar en blanco el cuestionario o marcar B). Esto, en efecto, significa que el único espacio posible para manifestar nuestra libertad en este caso es marcar la alternativa B): no hay otra.
Por lo anterior, el Estado tiene una estrategia contraproducente. Tiene la intención de que aumente el número efectivo de donaciones y, para conseguirlo, pasa por encima de la voluntad de los potenciales donantes. Esto no solamente viola los principios kantianos de la moral (el hombre como fin y no como medio), sino que abiertamente configura un sintagma jurídico real total: con derecho y vulneración patentes. Quienes notan estas transgresiones, por supuesto, deciden resistirse al atropello. Además, hay muchos que, sin notar las transgresiones, igualmente desconfían de las decisiones tomadas por el Estado y, ante la duda, también deciden resistirse y llenar el Formulario Único de Solicitud Ley 19.451. Entonces, el Estado está consiguiendo resultados ambiguos: muchos no harán nada para evitar que el peso de la ley caiga sobre ellos, pero también habrá varios que se sentirán motivados por esta misma legislación a evitar que les sea aplicada.
En lo personal, yo prefiero tomar la única alternativa que me queda en lugar de admitir que me impongan otra sobre la que no he pensado «por el solo ministerio de la ley»: así tendré la certeza de que, al menos, yo tomé la decisión.
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