El tema global de las monedas digitales ha sido una controversia a nivel de la aceptación, regulación o en algunos casos la prohibición en algunas naciones, en los cuales como datos informativos se hace necesario la difusión de la información para que los usuarios y personas que manejen este tipo de monedas virtuales sepan cuáles son las medidas legales o consecuencias que puedan tener si llegan a infringir alguna de las normas o leyes restringidas de cada país ya que a muchos les preocupa que la actividad de esta moneda en el mercado vaya a tener alguna consecuencia negativa en su economía y pueda dar variabilidad en su estabilidad económica.
Recientemente el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, ha dado la información que aprobaron una nueva ley de regulación de las criptomonedas, en la cual se ha llamado la ley de FINTECH que va dirigida a regular las instituciones de tecnología financiera. En la cual se crearan leyes secundarias más específicas para cada caso de las instituciones financieras.
Realmente la ley de fintech regulara no las criptomonedas, sino las instituciones que las manejan; en los cuales se afincara en cuatro objetivos específicos los cuales son:
- Los activos virtuales, es decir referido a las monedas digitales.
- La asesoría financiera de las mismas.
- El fondeo colectivo de los inversores.
- Los pagos electrónicos.
Se maneja la información que en el artículo 30 de la ley de fintech se puntualiza los elementos de definición de los criterios evaluados por la misma. Como uno de los principales tenemos la definición de ACTIVO VIRTUAL, el cuales es “se considera activo virtual la representación de valor registrada electrónicamente y utilizada entre el público como medio de pago para todo tipo de actos jurídicos y cuya transferencia únicamente puede llevarse a cabo a través de medios electrónicos”
En los cuales la regulación de las criptomonedas va dirigida solo a las instituciones financieras y bancarias, es decir no regulara el uso de criptoactivos en particulares.