"Ninguna iglesia o parroquia de Francia, y ningún ciudadano francés, puede, bajo ninguna circunstancias o pretexto cualquiera, reconocer la autoridad de un obispo o arzobispo ordinarios cuya sede se establezca bajo el nombre de una potencia extranjera".
Constitución Civil del Clero, París, 1790.
Por: Beato John du Lau.
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